Las medidas se determinaron en la Ley Nº 27.743 denominada «Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes»

Desde la AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos) anticiparon que las nuevas escalas para el Monotributo tendrán una actualización semestral en 2025.
Las medidas se determinaron en la Ley Nº 27.743 denominada «Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes». Además, se implementaron modificaciones en los montos de los gravámentes y las cotizaciones previsionales.
Tal como estableció la AFIP, estos grupos estarán exentos de pagar el impuesto integrado:
Asociados a cooperativas: siempre que sus ingresos brutos no superen el máximo establecido para la categoría A;
Inscriptos en el Registro Nacional de Efectores: siempre que sus ingresos brutos no excedan los valores de la categoría A;
Locadores de bienes inmuebles: las personas que se dediquen únicamente al alquiler de inmuebles y tengan en locación no más de dos propiedades;
Productores primarios: quienes tengan como actividad principal el cultivo de tabaco, caña de azúcar, yerba mate o té, y sus ingresos brutos no superen los valores de la categoría D,
Trabajadores independientes promovidos: quienes fueron promovidos bajo este régimen.
AFIP detalló también que algunas personas no deberán realizar aportes al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA):
Contribuyentes que adhieren al Monotributo exclusivamente por locación de bienes muebles y/o inmuebles;
Contribuyentes cubiertos por otros regímenes previsionales;
Jubilados bajo leyes anteriores a julio de 1994;
Menores de 18 años,
Sucesiones indivisas que continúan con la actividad del sujeto adherido al Monotributo.
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