La Anmat prohibió la venta de marcas de miel, leche, azúcar y aceite

Estos alimentos no cumplen con las normas de bromatología dispuestas, según se informó desde el organismo.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió el uso y comercialización de tres marcas de miel, una de leche, una de azúcar y una de aceite de coco, según se publicó hoy en el Boletín Oficial.

Disposición 1201-E/2018: Prohíbese la comercialización en todo el territorio nacional del producto «Azúcar común tipo A, marca: Delicada», lote 017, elaborado por SUGAR PACK SRL, RNPA N° 23-039151, RNE N° 23-001241, así como de todo alimento del RNE citado, por las razones expuestas en el Considerando.

Disposición 1097-E/2018: Prohíbese el uso y comercialización en todo el territorio nacional del producto: «Miel de Abejas», marca: El Atardecer, RNP N° 05-003977, RNE N° 05-000674, procedencia: Chajarí, por las razones expuestas en el Considerando.

Disposición 1096-E/2018: Prohíbese el uso y comercialización en todo el territorio nacional del producto: «Miel 100% Pura y Natural» marca: Del Bosque, Vto.: Agosto 2018, Peso Neto 300g. como asimismo, de cualquier otro contenido neto y/o vencimiento, por las razones expuestas en el Considerando.

Disposición 1198-E/2018: Prohíbese la comercialización en todo el territorio nacional de los productos: «Miel de abeja de alta montaña con albahaca, 100% Natural», marca: Naturatessen, 200 ml, fecha de vencimiento desde 18/05/17 hasta 06/11/18, RNPA N° 16005542; «Miel morada, 100 % miel», marca: Moro o Caña, fecha de vencimiento desde 18/05/17 hasta 06/11/18, RNPA N° 16218/09 y «Miel de abeja, 100% natural», marca: Artesanal, jalea real, fecha de vencimiento desde 18/05/17 hasta 06/11/18, RNPA N° 11608/09, todos elaborados por el RNE N° 16000616, por las razones expuestas en el Considerando.

Disposición 1200-E/2018: Prohíbese la comercialización en todo el territorio nacional del producto: «Leche semidescremada en polvo», marca: Fortaleza, peso neto 400 grs, RNPA N° 21-045078, consumir antes de 01/02/2018 – Lote XRZ113, elaborada y envasada por Sociedad Cooperativa de Tamberos de la Zona de Rosario Ltda., Humberto Primo 1255, RNE N° 21-005144, CG 21-01222, SENASA S-103434, para Rocar SRL, Holanda S/N La Perla – Córdoba», por las razones expuestas en el Considerando.

Disposición 1202-E/2018: Prohíbese la comercialización en todo el territorio nacional del producto «Aceite de coco, marca: MK ORGANIC, aceite de coco puro, sin conservantes ni aditivos, libre de OMG, neutro sin aroma ni sabor», SIN TACC, origen Indonesia, RNE Nº 200-2198743, lote 105/21, vencimiento alimenticio 11/2019, vencimiento cosmético 11/2020, por las razones expuestas en el Considerando.

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