El fallo aborda el tema de las redes sociales como un nuevo escenario en donde se pueden cometer este tipo de ataques al honor: “Los derechos personalísimos o de la personalidad o también llamados derechos o intereses personalísimos o daños a la dignidad están particularmente protegidos por el Código Civil y Comercial, especialmente por el art. 51”. El reconocido abogado ...
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