Punto por punto las modificaciones al impuesto a las Ganancias

Las escalas de impuestos se actualizarán a partir del 1 de enero del 2022.

En la última semana, el Gobierno Nacional elevó el piso de los asalariados que deberán pagar impuesto a las ganancias a $175.000. También eximió del pago del tributo a los intereses originados en los depósitos efectuados en moneda nacional.

El artículo de la modificación expresa: «Increméntase el monto de la remuneración y/o del haber bruto previsto en el inciso z) del artículo 26 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 2019 y sus modificaciones, a $175.000) mensuales».

El monto de la remuneración y/o del haber bruto, de $150.000 mensuales a $175.000 mensuales.
El monto de la remuneración y/o del haber bruto, de $173.000 mensuales a $203.000 mensuales.

En este sentido, se destacó que las modificaciones se aplican para las remuneraciones a partir del 1º de septiembre de 2021.
Por otro lado, desde AFIP comunicaron que tras el cobro de aguinaldo, «deberá considerarse el importe establecido en el artículo 1° del presente decreto y el promedio del segundo semestre calendario de la remuneración y/o haber bruto».

Solo las jubilaciones que superen 8 haberes mínimos pagarán el Impuesto a las Ganancias. En función de la evolución de los salarios, las escalas de impuestos se actualizarán a partir del 1 de enero del 2022.

Finalmente, también se eximió del pago de Ganancias a los intereses originados en los depósitos en instituciones financieras, en moneda nacional, con cláusula de ajuste.

Fuente: Ámbito Financiero

0 Interacciones
Conversación en Vivo
Comunidad Segura
🕒 Puedes volver a comentar en 60s...
Opiniones de la Comunidad

¿Nadie ha roto el hielo todavía?

Tu opinión es importante para nosotros. Sé la primera persona en dejar un comentario.

Empezar conversación ahora